El pasado día 26 de enero se publicó la resolución definitiva de becascomedor para este curso y el 9 de febrero se publicó la propuesta de resolución
de ayuda al estudio para este curso denegadas o desistidas.
En cuanto a las ayudas al estudio
se han denegado 307 solicitudes de alumnos matriculados en centros de nuestro municipio, por presentar fuera de plazo (24),
superar los umbrales de renta (226), incongruencias entre los datos declarados
y los que tiene la Consejería (54) y otras causas (3)
Y por lo que respecta a las becas
de comedor se han denegado 115 solicitudes, por presentación fuera de plazo (10), por incongruencias entre los datos declarados y los que tiene la Consejería (9) y
por superar el umbral de renta (96)
Aquellas familias que no estén conformes con alguna de las resoluciones, podrán dirigir un formulario de contacto a FAPA a los efectos de solicitar asesoramiento de nuestra federación en la presentación de alegaciones o recurso, en caso de que se considere procedente.
Desde FAPA contactaremos con las familias que rellenen el formulario e indiquen correctamente su número de teléfono.
El plazo para recurrir la beca de
comedor es de un mes desde la publicación, por lo que debería presentar el
recurso antes del día 27 de febrero.
El plazo para presentar
alegaciones a la denegación de la ayuda de estudio es de 10 días desde la
publicación, por lo que debería presentar las alegaciones antes del 21 de
febrero.
Los umbrales de renta se calculan: Primero.- Se sumará la base imponible general con la base imponible del
ahorro, excluyendo todos los saldos netos negativos de ganancias y pérdidas
patrimoniales correspondientes a los cuatro ejercicios anteriores al de la
declaración de la renta que se analiza, así como el saldo neto negativo de
rendimientos de capital mobiliario de los significados ejercicios, a integrar en la
base imponible del ahorro. Segundo.- De este resultado se restará la cuota resultante de la
autoliquidación
UMBRAL RENTA AYUDAS AL ESTUDIO |
UMBRAL RENTA BECAS COMEDOR |
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